No hay muchos sectores económicos en los que exista una figura que esté al lado de los clientes en caso necesario, generalmente en una situación de discrepancia con la empresa a la hora de recibir un servicio o contraprestación. En el seguro sí existe y se llama defensor del asegurado.
El Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente tiene su origen en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. En ella se establece la función principal que consiste en la mediación en un conflicto entre una aseguradora y un cliente. Para que esto pueda llevarse a cabo sin interferencias de ningún tipo, éste dispondrá de independencia absoluta de los organismos de administración de la aseguradora a la que pertenezca.
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